El Consejo de Ministros, a propuesta del ministro de Educación, Cultura y Deporte, Íñigo Méndez de Vigo, ha aprobado un Real Decreto por el que se aprueba el estatuto del organismo autónomo de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA), que contará con un presupuesto anual de 9,9 millones de euros, según informa Europa Press.
La aprobación de los Estatutos supone la modificación de la naturaleza jurídica de ANECA, que pasa de ser una fundación del sector público a un organismo autónomo por lo que se modifica su régimen jurídico, especialmente en relación con la gestión de los recursos humanos, la gestión económico-presupuestaria y la contratación administrativa.
Educación destaca que, en cualquier caso, ANECA mantendrá su objetivo de garantizar la calidad en la enseñanza superior, sobre todo en las Universidades españolas, tanto a nivel nacional como internacional, por lo que ampliará sus funciones.
En este sentido, puntualiza que además de conservar las funciones de acreditación y evaluación del profesorado universitario, de evaluación de titulaciones universitarias, mejora de la calidad, seguimiento de resultados e informe en el ámbito universitario, incorpora las funciones que viene realizando la CNEAI, de evaluación de la actividad investigadora previstas en el Real Decreto 1086/1989, de 28 de agosto, sobre retribuciones del profesorado universitario.
La ANECA está adscrito al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, a través de la Secretaria General de Universidades (o, en su caso, del órgano superior o directivo del Ministerio que tenga encomendada la responsabilidad en materia de universidades).
ESTRUCTURA
La ANECA va a contar con una plantilla formada por cuatro puestos directivos y 86 puestos laborales, y con un presupuesto de 9.932.490 euros anuales, lo que supone un ahorro de 45.302 euros anuales con relación al presupuesto anual estimativo de la Fundación, según indica Educación.
Su Consejo Rector estará compuesto de nueve miembros y estará presidido por la persona titular de la Secretaria General de Universidades del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, o en su caso, del órgano superior o directivo cuyas competencias se desarrollen en el ámbito universitario, que será su presidente.
El director del Organismo tendrá rango de director general mientras que el Gerente tendrá rango de subdirector general y será nombrado entre el personal funcionario de carrera de la Administración General del Estado, perteneciente a cuerpos o escalas del Subgrupo A.
Los directores de la dos Divisiones (División de Evaluación de Enseñanzas e Instituciones y la División de Evaluación del Profesorado) tendrán rango de subdirector general y serán nombrados entre personal funcionario de carrera de la Administración General del Estado, perteneciente a cuerpos o escalas del Subgrupo A1, o entre personal perteneciente a los cuerpos de Profesores Titulares de Universidad y Catedráticos de Universidad.
Habrá dos comisiones de asesoramiento para el ejercicio de sus funciones evaluadoras: la Comisión de Asesoramiento para la Evaluación de Enseñanzas e Instituciones (con un máximo de 12 miembros); y la Comisión de Asesoramiento para la Evaluación del Profesorado (con un máximo de 12 miembros).
Existen además Comisiones de acreditación de Profesorado para los principales ámbitos científicos académicos (21), más cinco comisiones de revisión o de reclamaciones, una para cada una de las ramas de conocimiento (Artes y Humanidades; Ciencias; Ciencias de la Salud; Ciencias Sociales y Jurídicas; e Ingeniería y Arquitectura).
Asimismo, cuenta con comisiones de Verificación y Seguimiento de Títulos para cada rama del conocimiento; y una Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora (CNEAI), que podrá constituir hasta 15 comités asesores, en el que cada Comité Asesor se compondrá de un presidente y entre dos y nueve vocales.
El 1 de enero de 2016, ANECA comenzará a trabajar de acuerdo con su nueva naturaleza jurídica y las disposiciones de su estatuto como organismo autónomo. A partir de esta fecha, se incorporará como personal del organismo autónomo el que figure en la plantilla de la Fundación ANECA, con los mismos derechos y obligaciones que tuvieran en el momento de su integración, si bien con la condición de a extinguir y sin que este personal adquiera la condición de empleado público.
Inmediatamente después de la aprobación de los Estatutos, Educación precisa que se convocará el Patronato de la Fundación para acordar su extinción y liquidación, que será ratificada por el Protectorado antes del 31 de diciembre de 2015.