El artículo 15 de la nueva Instrucción Interna pretende mantener el siguiente enunciado:
1. Para favorecer la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, Y EN ATENCION A LA REALIZACION DE ACTIVIDAD LABORAL EN MODALIDAD DE TELETRABAJO, se concede una bolsa de horas a los empleados públicos que permita reducir el horario presencial, entre el 1 de julio y el 31 de agosto, en dos horas diarias, de tal modo que durante ese periodo la jornada ordinaria queda establecida en cinco horas y media diarias. A estos efectos, la duración del tiempo de presencia obligatoria no sufrirá alteración en este periodo.
2. Asimismo, y en atención a LAS MISMAS CAUSAS RECOGIDAS EN EL PÁRRAFO ANTERIOR, se concede una bolsa de 30 horas a los empleados públicos, que podrá aplicarse a la reducción en cómputo anual de la jornada de trabajo o a la obtención de un máximo de cuatro días, que se sumaran a los reconocidos por asuntos particulares regulados en el artículo 10.10 de la presente Instrucción.
La Sección Sindical de CCOO en la UMA NO está de acuerdo con la inclusión de la Actividad Laboral en Modalidad de Teletrabajo, como quedó de manifiesto en la asamblea que realizamos, en primer lugar porque no está regulada, y en segundo lugar porque es una modalidad laboral imposible de regular para todos los colectivos, dividiendo a los trabajadores y trabajadoras entre los que sí pueden realizarlo y los que no, y entre los que ya la realizan y los que no.
Otras Universidades simplemente han acordado que en “… las líneas programáticas incluyen el compromiso de desplegar, con un marcado carácter social, un conjunto de acciones tendentes a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, mediante la implementación de medidas concretas dirigidas a tal propósito. Por este motivo, y para garantizar una atención efectiva de sus obligaciones familiares y personales, a cada empleado le serán detraidas … ”, esta es una manera más acertada de premiar la fidelidad del PAS.