El lunes 17 de junio, CCOO ha participado en la reunión de la Comisión de Seguimiento del Acuerdo de julio del 2021, para analizar la situación y el desarrollo de los procesos de estabilización. En esta reunión, CCOO ha exigido de nuevo al Gobierno la subida del 2,5% a los empleados y empleadas públicas, algo que resulta inaplazable y que, de no realizarse en este mes de junio, llevará a este sindicato a iniciar un proceso de movilizaciones y tomar nuevas medidas legales por incumplimiento del Acuerdo por una Administración del Siglo XXI.
CCOO ha peleado y seguirá peleando por dar una respuesta certera a la precaria situación que supone la temporalidad, entendiendo que la respuesta está en dar estabilidad a las plantillas, sin perjuicio del derecho del personal que ha sufrido abuso o fraude en la contratación que pueda ser indemnizado.
Del mismo modo, desde el sindicato se denuncia una vez más falta de compromiso de las Administraciones públicas ante esta situación, por reiterados incumplimientos en la puesta en marcha y resolución de los procesos de estabilización, para lo que pedirá responsabilidad y sanciones ejemplares, conforme a lo recogido en la Ley 20/2021.
Sentencia del TJUE
La nueva sentencia del TJUE sobre dos asuntos perjudiciales de personal interino vuelve a situar el tema de la temporalidad en los medios de comunicación. En esta nueva sentencia, la justicia europea vuelve a denunciar que las administraciones españolas han abusado de la temporalidad para cubrir puestos de trabajo estructurales. Una denuncia que CCOO lleva años realizando y que le ha llevado a diversos acuerdos para la reducción de la temporalidad, con el objetivo de acabar con esta situación y poder darle una salida, con las máximas garantías jurídicas.
La sentencia vuelve a insistir en que los procesos de estabilización no son una sanción suficiente al abuso de la temporalidad cometido por las administraciones públicas. CCOO siempre ha defendido los procesos de estabilización como un primer paso urgente y necesario, para reducir la temporalidad y dar estabilidad a las plantillas, pero que se debía avanzar en implementar medidas suficientes, que consiguieran establecer una temporalidad baja.
De igual manera, el TJUE considera que la compensación económica establecida no supone una reparación proporcional al abuso de temporalidad. Cabe recordar que la compensación ha sido marcada por el Tribunal Supremo para el personal laboral y tomado como referencia el Acuerdo de julio. En este asunto, este sindicato siempre ha mantenido que debe ser, cuanto menos, igualada a la cuantía del despido improcedente, algo que se ha conseguido que se extendiera a todos los empleados y empleadas públicos sin necesidad de acudir a los tribunales, recogido así en la Ley 20/2021.
A la vista de esta sentencia, Función Pública entiende que el proceso de estabilización se está realizando de manera correcta para solucionar el problema de la temporalidad. Aún así, considera que se tendrá que esperar a lo que finalmente resuelva el Tribunal Supremo tras las cuestiones prejudiciales elevadas al TJUE, al dejar la sentencia europea a lo que determine el juez nacional (TS).
También hay que recordar que la propia sentencia considera que, a falta de medidas adecuadas en el Derecho nacional para prevenir y, en su caso, sancionar los abusos, la solución de conversión de los sucesivos contratos o relaciones de empleo de duración determinada en contratos o relaciones de empleo por tiempo indefinido puede constituir una de esas medidas, siempre que esa conversión no implique una interpretación del Derecho nacional contraria a la Ley, algo que precisamente es lo que ha determinado las cuestiones prejudiciales del TS para poder conciliar la normativa europea (cláusula 5ª de la Directiva europea 1999/70) con la normativa española (principios constitucionales de acceso al empleo público).
Un CCOOrdial saludo y seguiremos informando.